Voluntariado

Pautas de actuaciÓn

A tener en cuenta en el desarrollo de la actividad voluntaria:

  • Cumplimiento de los compromisos adquiridos con la Hospital San Rafael, respetando  fines y normativa.
  • Realización de las funciones que le son propias evitando las que corresponden a profesionales.
  • Participación en la formación prevista por la Hospital San Rafael para las funciones confiadas.
  • Utilización debida de la acreditación y distintivos de la organización.
  • Mantenimiento de la armonía en las relaciones evitando las críticas a compañeros o afectados.
  • Confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de la actividad.

El voluntariado que desarrolle la labor con personas enfermas, además, ha de tener en cuenta lo siguiente:

  • Realización de las funciones de voluntariado en los turnos y horarios estipulados por la Hospital San Rafael, evitando extralimitarse en el tiempo de desarrollo de la actividad, horario y días.
  • Se evitará facilitar datos personales (teléfono, dirección) a las personas enfermas y familiares, el contacto se ha de canalizar siempre a través de la coordinadora, o el Hospital San Rafael
  • No ofrecer ningún tipo de información técnica.
  • Rechazo de cualquier contraprestación material que pudieran recibir bien del beneficiario o de otras personas relacionadas con su acción.
  • Solicitud de ayuda al coordinador ante sentimientos de inutilidad, incapacidad, incomodidad en el cumplimiento de su labor, o implicación emocional con los afectados, y solicitud de cambio de actividad en caso de necesidad.
  • Derivación de las necesidades detectadas en las personas enfermas y familiares, al coordinador de voluntariado, evitando una intervención directa en dichos problemas.
  • No se realizará ningún tipo de cura, ni se administrarán medicamentos.
  • Se evitará emitir juicios sobre la dinámica familiar u hospitalaria.
  • No realizar labores ni tareas domésticas en el domicilio.

Derechos y deberes del voluntariado

Si formas parte del voluntariado, has de tener presente los siguientes derechos y deberes:

Derechos

  • Recibir tanto, con carácter inicial como permanente, la información, formación, orientación, apoyo y, en su caso, medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones asignadas.
  • Ser tratados sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.
  • Participar activamente en la organización, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas, de acuerdo con sus estatutos o normas de aplicación.
  • Ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.
  • Ser reembolsados por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades.
  • Disponer de una acreditación identificativa de la condición de voluntario.
  • Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de la misma.
  • Obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de la contribución.

 

Deberes 

  • Cumplir los compromisos adquiridos con la organización, respetando los fines y la normativa de la misma.
  • Guardar confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de la actividad voluntaria.
  • Rechazar cualquier contraprestación material que se pudiera recibir bien del beneficiario o de otras personas relacionadas con la acción.
  • Respetar los derechos de los beneficiarios de la actividad voluntaria.
  • Actuar de forma diligente y solidaria.
  • Participar en las tareas formativas previstas por la organización de modo concreto para las actividades y funciones confiadas, así como las que con carácter permanente se precisen para mantener la calidad de los servicios prestados.
  • Seguir las pautas  establecidas para el desarrollo de las actividades encomendadas.
  • Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de la organización.

Respetar y cuidar los recursos materiales de la organización.

Normativa

Normativa sobre voluntariado de ámbito estatal y autonómico.

NORMATIVA ESTATAL 

  • Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado.
  • Ley 23/ 1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el desarrollo.
  • Orden de 11 de octubre de 1994 por la que se regula la Actividad del Voluntariado en los Centros Públicos que imparten Enseñanzas de Régimen General
  • Orden de 9 de octubre de 1995, por la que se regula el Voluntariado Cultural.

NORMATIVA AUTONÓMICA 

  • Ley 3/1994, de 19 de mayo, del Voluntariado Social en la Comunidad de Madrid.

Más información

 

Carta europea para el voluntariado.

https://www.adicae.net/archivos/voluntariado/volonteurope.pdf

Declaración Universal sobre el Voluntariado. IAVE.

https://plataformavoluntariado.org/wp-content/uploads/2018/10/declaracion-sobre-voluntariado.pdf

CÓdigo Ético de las Organizaciones de Voluntariado. PVE.

https://plataformavoluntariado.org/wp-content/uploads/2018/10/codigo-etico-de-las-organizaciones-de-voluntariado.pdf

Recomendaciones sobre el apoyo al voluntariado. ONU.

https://www.adicae.net/archivos/voluntariado/volonteurope.pdf

 

 


     
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